Abogado Extranjeria Alicante 669 140 526 Derecho De Extranjeria
公開日:2022/03/07 / 最終更新日:2022/03/07
Abogado Extranjeria Alicante 【669 140 526】 【derecho De Extranjeria】
Los extranjeros que todavía no cuenten con la mayoría de edad y que estén interesados en vivir en este país necesitarán para hacerlo la autorización de residencia que puede variar.
Para los menores de edad que hayan natural de España, pese a que sus padres sean los 2 extranjeros si al menos uno de ellos está viviendo acá con los pertinentes permisos, este progenitor va a poder solicitar el permiso de residencia en un plazo de seis meses que se cuentan desde el momento del nacimiento o desde el momento en que uno de los progenitores obtenga el permiso de residencia.
Por otro lado las personas que hayan nacido en España y que sean menores de edad, si su padre o bien madre tiene la condición de refugiado o bien beneficiario de protección subsidiaria tendrán derecho a solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional.
Si un matrimonio vive en España con todos los permisos adecuados y tienen un hijo fuera del país, también se pueden solicitar la autorización para el menor cita información extranjería si el hijo ha estado en este país un mínimo de 2 años y en el caso de que tenga edad de escolarización deberá estar matriculado y asistir a la escuela.
Otros casos son los de aquellas a las que se les otorga un permiso de residencia temporal que pueden ser para los menores de edad que no hayan nacido en España mas que estén tutelados aquí, que se encuentren en custodia o bien bajo la guarda de alguna Administración Pública.
Existen casos muy diferentes según la situación de cada menor de edad o de sus familias, del tiempo que lleven en este país o bien de si tienen toda la documentación en regla.
Contacte con nuestros abogados especialistas, estudiarán su caso y le propondrán distintas alternativas, asesorándole en todo instante desde Alicante.
REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Si está viviendo en España desde hace algún tiempo pero sus familiares más próximos están en otros países puede optar por la llamada
reagrupación familiar que es un derecho que pueden pedir aquellas personas extranjeras.
Podrán hacerlo aquellos extranjeros que estén radicando en este país de forma legal y con todos y cada uno de los permisos pertinentes en regla es un derecho con el que se cuenta.
En general las personas solicitan reagrupar a su cónyuge que es uno de los casos más usuales o sus padres, así como a los hijos. Pueden reagruparse tanto los hijos propios como los hijos del cónyuge o bien pareja, extranjeria cita previa para poner huellas aunque sean de otra relación o adoptados. Si los hijos no son comunes entre el matrimonio y por consiguiente son solo de uno de los cónyuges hay que acreditarlo y la patria potestad corresponderá al padre o bien a la madre.
Asimismo se puede reagrupar a aquellos ascendientes tanto del reagrupante como de su cónyuge, como ocurre con los hijos.
Para llevar a cabo los trámites de reagrupación familiar debe asistir hasta la Oficina de cita información extranjería de la provincia en la que esté residiendo.
Hay que presentar una serie de documentos a la hora de realizar la solicitud como una imitación de la autorización o bien permiso de vivienda, autorización de trabajo y todo lo que demuestre el parentesco y la relación con quienes quiera reagrupar, así como otros datos económicos probar que podrá sostener las necesidades de sus familiares con sus recursos, que dispone de una residencia y de atención sanitaria.
Contacte con nuestros abogados de Alicante si nos necesita para esta o bien para otras cuestiones relacionadas con el Derecho de Extranjería. Llámenos sin compromiso alguno y va a quedar satisfecho con nuestros servicios.
HOMOLOGACIONES DE ESTUDIOS
¿Es un ciudadano extranjero que ahora reside en este país? Si ya ha encontrado un trabajo y cuenta con todos los permisos para vivir aquí, tiene un hogar, cita información extranjería asistencia sanitaria y reside junto a su familia, pero aún le falta efectuar algún trámite, nie valencia cita previa contacte con nuestros abogados especialistas.
Si en su país obtuvo un título universitario o de otros rangos y ahora desea buscar un trabajo acá con relación a su titulación es posible que necesite homologarlo a fin de que sea válido fuera de su país de origen.
Nosotros le ayudaremos con los trámites y le indicaremos los documentos que precisará, la homologación se hará respecto a un título oficial y que esté vigente en España siempre y en toda circunstancia incluido en los Títulos Universitarios Oficiales para que su título tenga equivalencia con uno español.
Una vez ya hayamos realizado el paso precedente frente a la administración que corresponda y esté homologado, ya va a poder contar con su título que será válido en España, tal y como si hubiese cursado sus estudios aquí.
Los títulos no universitarios podrá homologarlos presentando la documentación que se le pida, que ha de ser oficial y certificada.
Se trata de una serie de trámites que no son difíciles, pero para los que puede necesitar asesoramiento profesional, sobre todo en el caso de que surgiera algún inconveniente o de que le dijeran que no es válido.
Nuestros abogados examinarán su documentación y le orientarán en todos y cada uno de los trámites para que pueda convalidarlos y que de esta forma tenga su reconocimiento tanto en su país como fuera.
Si está interesado trabajamos desde nuestro despacho de Alicante y ofrecemos una atención adaptada y de confianza, cuente con nosotros y contará con su título homologado ya antes de lo que imagina.
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