abogado laboral acreencias laborales
公開日:2021/11/18 / 最終更新日:2021/11/18
La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades conseguidas por la compañía, beneficio que contemplaba la legislación anterior a la actual. La parte demandada explota una actividad comercial y por tanto debe abonar al empleado JUAN CAMARGO como prima de servicios, un salario mensual por de año en año laborado y proporcional, y que para el presente caso el pago no fue realizado en su totalidad por la parte empleadora en favor de la demandante. Esta sanción encuentra asidero en el cumplimiento al momento de la terminación del contrato de trabajo por la parte del empleador, del pago de las acreencias laborales producidas a lo largo de la relación abogado laboral viña del mar en favor del trabajador, sancionándose de esta forma al empleador al existir difiero por el no pago de exactamente las mismas o bien no cancelar la totalidad de los derechos adquiridos en razón de la relación laboral.
El derecho al trabajo es un postulado que en la constitución política se tiene, tanto como un principio de nuestro Estado Social de Derecho, como un derecho esencial, por eso en la legislación laboral y de la seguridad social se establezcan las garantías y derechos inherentes a los trabajadores, las que van inmersas y también inescindibles a cualquier relación laboral, no pudiéndose ignorar bajo ninguna forma o circunstancia por la parte de los empleadores, tanto lo estipulado expresamente en un contrato, como lo que en virtud de la ley pertenece a los trabajadores.
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